Worldcoin no logra obtener una orden judicial contra la suspensión de la privacidad de España.

La polémica startup de escaneo ocular Worldcoin no logró obtener una medida cautelar contra una suspensión temporal ordenada el miércoles por la autoridad española de protección de datos, la AEPD.

La autoridad utilizó poderes de emergencia contenidos en el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea para emitir la orden local, que puede aplicarse por hasta tres meses. Dijo que estaba tomando la medida precautoria contra el operador de Worldcoin, Tools for Humanity, a la luz de la naturaleza sensible de los datos biométricos que se están recopilando, lo que podría plantear un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas. También planteó preocupaciones específicas sobre los riesgos para los menores, citando quejas recibidas.

Hoy un tribunal superior de Madrid se negó a otorgar una medida cautelar contra la orden de la AEPD, diciendo que se debe dar prioridad a la “protección del interés público”.

Como informamos el viernes, la empresa de identidad digital de biometría blockchain de criptomonedas suspendió el escaneo en el mercado poco después de la orden de la AEPD, que le dio 72 horas para cumplir. La decisión del tribunal de hoy significa que los servicios de Worldcoin permanecen suspendidos en España, por hasta tres meses.

En su apelación contra la orden de la AEPD, Tools for Humanity intentó argumentar que la autoridad española se había excedido al activar el “procedimiento de urgencia” del Artículo 66 del GDPR, a la luz de una investigación abierta por la autoridad de protección de datos de Baviera, su DPA principal bajo el mecanismo GDPR para racionalizar la supervisión de quejas transfronterizas. También señaló la falta de intervenciones en sus operaciones por parte de la autoridad alemana hasta la fecha.

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Sin embargo, el tribunal consideró que la orden de suspensión de la AEPD estaba justificada debido a los riesgos en torno a los datos biométricos y cuántas personas están en riesgo por el procesamiento de Worldcoin, incluidos los niños. También señaló dudas sobre la validez de la base legal alegada (consentimiento) y el nivel de información proporcionado sobre el procesamiento, y mencionó preocupaciones sobre el impacto del negocio en los derechos de los interesados, como el derecho a retirar el consentimiento y a que se eliminen los datos personales.

El procedimiento proporciona algunos detalles adicionales sobre las cuatro quejas recibidas por la AEPD, que el tribunal dijo indican que Worldcoin captura datos de menores; se proporciona información insuficiente; no hay forma para que las personas retiren el consentimiento; y, en cuanto a la eliminación de datos, los sujetos de datos solo se les dirige a eliminar la aplicación (es decir, que no resultaría en que todos sus datos personales sean borrados). Además, el tribunal señala que uno de los demandantes le dijo a la AEPD que un supuesto procedimiento de eliminación no funciona, ya que requiere que la empresa envíe un código por correo que siempre llega tarde, lo que lo invalida cuando lo reciben.

Al apelar por una medida cautelar, Tools For Humanity también intentó argumentar que la suspensión temporal causaría un “daño irreparable” a su negocio global, incluyendo sugerir que causaría daño económico, dañaría su reputación y haría menos probable el éxito futuro de su empresa de escaneo ocular.

Nuevamente, el tribunal no quedó impresionado, desestimando lo que describió como “afirmaciones infundadas” y señalando que la suspensión de la AEPD es limitada en el tiempo; solo aplica en España; y es compensable (es decir, hay un camino para que reclame compensación en el futuro si tiene éxito en el tribunal).

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Al buscar comentarios sobre el rechazo de su apelación por una medida cautelar, la portavoz de Tools for Humanity, Rebecca Hahn, envió por correo electrónico una declaración que dijo es atribuible a Worldcoin:

Worldcoin cumple completamente con todas las leyes y regulaciones que rigen la recopilación y transferencia de datos biométricos, incluido el Reglamento General de Protección de Datos (“GDPR”) de Europa. Dado que nuestros intentos anteriores de contactar a la AEPD no recibieron respuesta, esperamos tener la oportunidad de demostrar este cumplimiento y proporcionar a la autoridad reguladora información precisa e importante sobre esta tecnología esencial y legal en la Audiencia Nacional Española.